¿Qué son las Fusiones y Adquisiciones?
- Joaquín Pani
- 13 feb
- 3 Min. de lectura

Una fusión o adquisición es un acuerdo entre dos empresas que se combinan para formar una sola entidad. Aunque estos términos se utilizan a menudo como sinónimos, tienen diferentes definiciones legales. En particular, una fusión consiste en la combinación de empresas para formar una nueva entidad. Por otro lado, las adquisiciones se producen cuando una empresa toma el control de las acciones o el capital y los activos de la empresa adquirida.
En México, un gran ejemplo de una adquisición importante ocurrió en 2014: Anheuser Busch InBev, la cervecera más grande del mundo, adquirió el Grupo Modelo de México por 20.100 millones de dólares, lo que le dio dominio en la segunda economía más grande de América Latina y agregó a sus marcas Corona, la cerveza importada más vendida en los Estados Unidos.
De acuerdo con la legislación aplicable en México, si bien dichos conceptos no están expresamente definidos, ambas acciones se contemplan en la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). En la práctica, una fusión es un contrato que implica que dos o más empresas se consoliden y formen una nueva sociedad (o que una de ellas desaparezca y sea absorbida por la entidad que subsiste); por lo que este acto resaltaría en la fusión de activos y accionistas o socios de las empresas involucradas en la operación. Asimismi, una adquisición implica la compra parcial o total de acciones o partes sociales de una empresa, normalmente para obtener el control. En la práctica, generalmente se compra a un competidor potencial o a una empresa más pequeña para lograr una influencia más relevante en un mercado específico.
Cabe mencionar que existen leyes complementarias aplicables a las fusiones y adquisiciones. Dependiendo del tipo de operación de que se trate, la participación de inversionistas extranjeros en la entidad adquirida debe reportarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras de la Secretaría de Economía, según lo previsto en la Ley de Inversión Extranjera. Las fusiones y adquisiciones se regulan además en la Ley Federal de Competencia Económica y otras leyes que regulan diferentes industrias (por ejemplo, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión) y la Ley de Instituciones de Crédito. La principal autoridad reguladora de las operaciones de fusiones y adquisiciones es la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), que tiene atribuciones legales para hacer cumplir el control de las fusiones y concentraciones en general. Las operaciones en las que las entidades se fusionan, o adquieren, ya sea total o parcialmente, las acciones o partes sociales representativas del capital social de otras empresas, o se asocian o realizan operaciones con el fin de consolidarse, se consideran "concentraciones". Dichas concentraciones deben informarse a la COFECE en caso de que se alcancen y/o excedan ciertos umbrales, por lo que, en tales supuestos, la COFECE evaluaria el impacto de la operación relevante en el mercado y cualquier riesgo potencial para la competencia. En conclusión, dependiendo de diversos factores y elementos técnicos, la COFECE podrá autorizar, negar o condicionar la consumación de operaciones de fusión y adquisición de empresas mexicanas.
En cuanto a las adquisiciones de entidades públicas, estas actividades se encuentran reguladas por diferentes normas y autoridades legales, tales como la Ley del Mercado de Valores y la Disposiciones aplicables emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las Bolsas de Valores de México (i.e., BMV y BIVA)
Asimismo, es importante mencionar que ciertas actividades se encuentran restringidas en la medida en que se impida la participación de la inversión extranjera, de conformidad con la Ley de Inversión Extranjera, al prohibir o limitar el porcentaje de participación permitido que un inversionista extranjero puede tener en una entidad mexicana. Así, en caso de que se permita en términos de dicha ley, los inversionistas extranjeros deberán obtener una autorización emitida por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para participar (es decir, a través de una adquisición) en una entidad mexicana. Además, se debe obtener la aprobación de dicha Comisión para las operaciones en las que la inversión extranjera pretenda participar en un porcentaje igual o superior al 49% de una entidad mexicana, únicamente en aquellos casos en que el valor de los activos totales de la empresa adquirida exceda el monto que determine cada año la Comisión antes mencionada.
En Pani Abogados brindamos asesoría legal de primer nivel en operaciones de fusiones y adquisiciones de empresas mexicanas o empresas fusionantes y fusionadas, enfocándonos en prestar una asesoría integral y pragmática, priorizando siempre la calidad, la creatividad legal y transaccional, la capacidad de respuesta y la contención de riesgos para nuestros clientes y todas las partes involucradas.
Joaquín Pani
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